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El ICEX publica la Convocatoria 2018 para la concesión de ayudas del Programa de Inversiones de empresas extranjeras en actividades de I+D

09.01.2018

 

La convocatoria pretende fomentar el desarrollo de nuevas actividades de I+D por parte de empresas de capital extranjero que se encuentren ya implantadas o con previsión de instalarse en España. A los efectos de esta convocatoria se entenderá como empresa de capital extranjero aquella que tenga una participación en su capital de Inversión Extranjera Directa (IED) igual o mayor del 10%. 

 Se considerará IED la realizada por una persona jurídica domiciliada en el extranjero o por una persona física no residente en España, siempre que esta inversión suponga; como mínimo el porcentaje del 10% del capital social de la empresa solicitante anteriormente mencionado.

Asimismo, se entenderá cumplido el requisito de contar con un porcentaje de inversión extranjera igual o mayor del 10%; cuando esta inversión se haya realizado directamente en el capital de la empresa solicitante o cuando ese porcentaje de inversión extranjera se alcance indirectamente, mediante la participación en el capital de una tercera entidad que, a su vez, participe en el capital de la solicitante.

La cuantía de las ayudas por beneficiario podrá ascender a un máximo global de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales consecutivos (Reglamento de “ayudas de “mínimis”) y será un porcentaje de la inversión realizada (Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de I+D+i (2014/C 198/01).

Los proyectos objeto de ayuda deberán realizarse antes de 31 de diciembre de 2018 en una o varias de las Comunidades Autónomas siguientes: Extremadura, Canarias, Castilla la Mancha, Murcia y Galicia.

FORMALIZACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

La solicitud se debe formalizar a través de la Oficina Virtual de ICEX. Para ello debe: 

1º REGISTRARSE:  El objetivo de este registro es el de disponer de una cuenta para tramitar la solicitud:

- En el caso de ser una empresa que no se encuentre todavía establecida en España, y por tanto no disponer de un CIF, deberá registrase con el perfil  PARTICULAR. En el supuesto de que el PARTICULAR no cuente con NIE ni DNI deberá enviar un correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. para poder realizar la solicitud.

- En el caso de ser una empresa ya establecida en España, y contar con un CIF,  deberá registrase con el perfil  EMPRESA.

No es necesario solicitar ninguno de los servicios adicionales que se le ofrecen cuando accede a la página para registrarse.

2º CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD:

Una vez creada la cuenta, accederá a la Oficina Virtual con su usuario y password para tramitar su solicitud.

Además de cumplimentar; la solicitud on line de la Oficina Virtual, es necesario que se descargue los Anexos del apartado “Documentación y anexos” y, una vez cumplimentados, los adjunte en la Oficina Virtual través de la plataforma. 

3º FIRMAR LA SOLICITUD: Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los Anexos correspondientes, se debe firmar la solicitud digitalmente. 

La firma se debe realizar en el plazo de presentación de solicitudes establecido en convocatoria.

Si por algún impedimento justificado la firma digital no fuera posible, debe imprimir la solicitud on line y los Anexos, firmarlos y presentarlos en el plazo de presentación fijado en convocatoria en el Registro General de ICEX (Paseo de la Castellana, 278 – MADRID 28046) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información: ICEX-Invest in Spain T (+34) 91 503 5813; (+34) 900 349 000 / Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Documentación y anexos